Aparte de ser una realidad espiritual, la
Iglesia también es una realidad humana presente en la sociedad mundial y en las
diversas naciones, con propósitos bien definidos, para los cuales apuntan todos
sus miembros, cada uno a su modo, y todos sus recursos humanos y materiales.
Siendo una institución internacional y
milenaria, la Iglesia Católica Apostólica Romana posee un conjunto de normas
que organiza su vida interna y también su acción evangelizadora, conservando su
unidad en la diversidad. Recibe el nombre de “Código de Derecho Canónico”.
Este conjunto de normas se basa, en
primerísimo lugar, en la Buena Noticia de Jesucristo, en las Sagradas
Escrituras, en las enseñanzas de los apóstoles. Y, con el paso del tiempo, ante
los nuevos contextos y desafíos, fueron incorporadas nuevas normas, siempre con
el objetivo de conservar la fidelidad de la Iglesia a la misión confiada por
Jesucristo.
Una vez que estas normas surgieron de
circunstancias históricas y geográficas específicas, ellas fueron
constantemente revisadas, a fin de que fueran más amplias, menos particulares y
más relevantes, deshaciéndose de aquellas que habían caducado. Sirvieron de
inspiración el derecho civil grecorromano y las tradiciones legislativas de las
grandes naciones.
Los grandes e importantes concilios y sínodos, con sus reflexiones y nuevas sensibilidades, también ayudaron a volver más actualizadas las normas de la Iglesia. El texto del Código de Derecho Canónico posee hartas referencias a los concilios, sínodos y documentos oficiales de la Iglesia.
Los grandes e importantes concilios y sínodos, con sus reflexiones y nuevas sensibilidades, también ayudaron a volver más actualizadas las normas de la Iglesia. El texto del Código de Derecho Canónico posee hartas referencias a los concilios, sínodos y documentos oficiales de la Iglesia.
A fin de que las normas sean comprendidas y
aplicadas de modo coherente con su intención original, la Iglesia dispone de
organismos oficiales, tanto a nivel universal cuanto a nivel diocesano,
compuestos por teólogos expertos en ciencias jurídicas, llamados canonistas, en
los tribunales eclesiásticos, para asesorar los fieles en sus legítimos
intereses.
El Código de Derecho Canónico se refiere a
cuestiones pastorales y administrativas, tales como: el modo válido para la
celebración de los sacramentos de la Iglesia, los derechos y deberes de los
ministros ordenados y no ordenados, la organización de las curias romana y
diocesanas, la abertura y mantenimiento de diócesis, parroquias, congregaciones
religiosas, movimientos apostólicos, instituciones educativas etc.
La edición vigente del Código de Derecho
Canónico fue promulgada por el papa San Juan Pablo II el año 1983, y sirve para
la Iglesia Católica Apostólica Romana. Para las iglesias de tradición oriental,
fue promulgado un código especial el año 1991.
Es sumamente importante que ministros
ordenados y no ordenados conozcan el Código de Derecho Canónico, entendiendo
sus derechos y deberes, y defiendan sus legítimos intereses. Es un importante
servicio a la acción pastoral.
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