sexta-feira, 6 de dezembro de 2019

¿Por qué tenemos que "pagar tasas" para recibir algunos sacramentos? ¿La Gracia de Dios no debería ser gratis?


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El Código de Derecho Canónico - conjunto de normas que rigen la Iglesia Católica Apostólica Romana - permite que sean cobradas tasas - debidamente definidas por cada diócesis - para el recibimiento de algunos sacramentos.
Esa es una práctica antiquísima en el Cristianismo Católico, inspirada inclusive en las Sagradas Escrituras, que, aunque no lo afirme literalmente, da a entender que el ministro ordenado tiene derecho al propio sustento digno, una vez que se dedica exclusivamente a la atención espiritual y pastoral de los fieles, sin otra fuente de ingreso económico.
Como se sabe, las tasas cobradas consideran también otros gastos relacionadas a la administración de algunos sacramentos, por ejemplo: el combustible utilizado para la movilidad del ministro ordenado, el mantenimiento de los templos (limpieza, organización, iluminación, ventiladores, flores, velas, agua etc), los funcionarios responsables por la preparación de los documentos correspondientes (y sus dispositivos de trabajo: computador, teléfono, Internet), entre otras gastos.
Aunque sea una práctica permitida, algunas comunidades se han esforzado para desasociar los sacramentos de sus tradicionales tasas, a fin de que quede más evidente que la Gracia de Dios es gratis, y que nadie tiene que pagar para tener acceso a Ella.
Tales comunidades han optado por un trabajo más dedicado a la Pastoral del Diezmo, concienciando a los fieles que, cumpliendo regularmente su compromiso cristiano con las necesidades materiales de la Iglesia, las tasas dejan de existir y se supera definitivamente la incómoda idea de compra y venta de la Gracia de Dios.
También hay comunidades que optan por realizar actividades promocionales y fiestas tradicionales, involucrando tanto los fieles cuanto los comerciantes y empresarios locales, contando con el apoyo de la iniciativa pública y privada.
De cualquier modo, el objetivo es no depender exclusivamente de tasas cobradas para la administración de algunos sacramentos, para el sostenimiento de los ministros ordenados y para el mantenimiento del templo y de sus funcionarios.
Las comunidades que todavía optan por el cobro de las tasas deben informar bien a los fieles - especialmente a los más alejados de la Iglesia y que se acercan casi exclusivamente para la celebración de algunos sacramentos - que la Gracia de Dios es absolutamente gratis y que, en la eventualidad de que una persona o familia no reúna las condiciones económicas suficientes para pagar las tasas, de modo alguno estaría privada de la Gracia sacramental, pues la Iglesia la dispensaría de tal pago.
En última palabra, los fieles que sirven a la catequesis en preparación a los sacramentos deben estar bien conscientes y expresarse de modo claro y objetivo respecto de las tasas, ya que una palabra impropia o fuera del lugar puede ser mal interpretada y prestarse a confusiones que afectan la credibilidad de la Iglesia como institución fiel a las enseñanzas evangélicas. 



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